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viernes , 26 abril , 2024

MIC suspenderá distribuidoras vendan combustible intermediarios sin licencia

Santo Domingo, (EFE).- El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) suspenderá, hasta por 70 días, las licencias de las empresas distribuidoras de combustibles derivados del petróleo y gas natural al por mayor, que vendan el producto a personas físicas o jurídicas que comercializan al detalle sin contar con licencia de operación.

En caso de comprobarse que la resolución se ha violado más de una vez, el MIC procederá a la cancelación definitiva de las licencias de distribución, informó Ramón Cruz, Director de Hidrocarburos, en rueda de prensa.

De acuerdo con la resolución número 239 del 26 de octubre del 2016, el MIC procederá de inmediato a «la inhabilitación de los tanques o dispositivos para depósito de combustibles líquidos instalados por personas físicas o jurídicas que, sin disponer de una licencia de operación de estación de expendio, se compruebe estén vendiendo al detalle o suministrando combustibles al consumidor final desde depósitos irregulares».

Por el artículo tercero de la resolución, el MIC, a través de sus organismos y departamentos, y en coordinación con el Cuerpo Especializado de Control de Combustibles (CECCOM), supervisará el estricto cumplimiento de las formalidades señaladas.

La institución podrá recibir ayuda de la Policía Nacional, el Ministerio Público y de cualquier otro organismo de seguridad del Estado que estime pertinente para llevar a cabo estas actuaciones.

La resolución, firmada por el ingeniero Temístocles Montás, titular de la institución, fue enviada a la Dirección de Hidrocarburos, al Plan Regulador Nacional, a la Unidad de Inspección y Supervisión del Ministerio de Industria y Comercio, al Cuerpo Especializado de Control de Combustibles (CECCOM) y la publicación en la prensa.

Para adoptar su resolución, el MIC tomó en consideración que en los últimos años se han detectado malas práctica por parte de algunas personas físicas y jurídicas, que adquieren irregularmente combustibles derivados del petróleo así como gas natural, y los almacenan en depósitos o tanques con la intención de venta al consumidor final, sin contar con la licencia pertinente.

Por tanto, carecen de instalaciones que garanticen las condiciones de operación y seguridad necesarias para la comercialización de combustibles.

Igualmente, tomó en cuenta que la venta de combustibles es un servicio estratégico y de seguridad nacional cuya supervisión corresponde de manera indelegable al Estado dominicano, a través del Ministerio de Industria y Comercio.

Asimismo, consideró que es atribución del Cuerpo Especializado de Control de Combustibles (CECCOM) la aplicación de una política nacional en materia de seguridad y control en el proceso de distribución y comercialización de los combustibles, que permita garantizar el cumplimiento de las normas, procedimientos y regulaciones.

Se ampara, además, en la existencia de la Sentencia TC/0027/12, de fecha cinco de julio del año 2012, dictada por el Tribunal Constitucional, que ratificó la competencia del Ministerio de Industria y Comercio para regular las actividades comerciales, tanto del Estado como de los particulares a través de resoluciones.

Cruz aclaró que el MIC, con el concurso de todos los organismos de seguridad del Estado, realizó una investigación previa para establecer los lugares en donde operan estos centros de ventas irregular de combustibles y prometió que oportunamente se estará ofreciendo mayor información sobre el tema a la opinión pública.

Precisó, además, que la resolución no está dirigida a personas, instituciones o grupos en particular, sino que su espíritu es cumplir con la meta que se ha trazado la institución de regularizar el mercado de los combustibles en la República Dominicana. EFE

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